REGLAMENTO INTERNO DEL XVIII CNEO 2010
CAPITULO I
DEL NOMBRE Y DEFINICION
Art. 1º.- El Congreso de Estudiantes de la profesión de Obstetricia en todo el contexto nacional se denominará:
“OBSTETRICIA FORMANDO RECURSOS HUMANOS COMPETENTES AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD ”
Art. 2º.- El Congreso de Obstetricia es un evento que se realiza anualmente por los estudiantes y sus docentes de las diferentes Escuelas y/o Facultades de Obstetricia de las Universidades
Peruanas, donde se desarrollan actividades académicas, científicas, socioculturales y turísticas; lo cual contribuirá a fortalecer las competencias, los lazos de confraternidad, y conocer la realidad de la formación de los futuros profesionales de Obstetricia e integración del conocimiento de las nuevas generaciones y al pensamiento critico.
CAPITULO II
DE LA SEDE Y LA FECHA
Art. 3º.- La sede del XVIII CNEO es:
Art. 4º.- El XVIII CNEO se realizará del 18 de octubre al 22 de octubre del 2010
CAPITULO III
DE LOS OBJETIVOS
Art.5º.- Objetivo General:
· Integrar a los estudiantes de obstetricia de todo el Perú, a través de los pilares de la ética, moral y ciencia.
· Promover la actualización científica de los estudiantes de obstetricia
· Promover la creación de nuevos conocimientos y difundirlos a través de la presentación de resultados de investigación.
Art. 6º.- Objetivos Específicos:
· Fortalecer la confraternidad y compañerismo entre los futuros profesionales de obstetricia con la práctica de valores, derechos y deberes.
· Construir un espíritu de amor y respeto a la profesión de obstetricia, basado en la capacitación de los estudiantes de obstetricia en las artes y actualidad de la práctica obstétrica.
· Actualizar conocimiento tomando en cuenta el área clínica y comunitaria de la carrera profesional de obstetricia, así como el impacto que conlleva esta profesión en el bienestar de la sociedad y la salud pública
· Incentivar y promover la elaboración de trabajos de investigación en los alumnos de la carrera de obstetricia.
CAPITULO IV
DE LA CONVOCATORIA Y LA ORGANIZACIÒN
Art. 7º.- Se convocará a todos los estudiantes de las escuelas y/o Facultades de obstetricia existentes en las diferentes universidades públicas y privadas a nivel nacional e internacional.
Art. 8º.- La acreditación del XVII CNEO estará a cargo de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga de la Facultad de Obstetricia.
Art. 9º.- La organización de este congreso estará a cargo de la Facultad de Obstetricia, conformada por los estudiantes de la Escuela de Formación Profesional de Obstetricia de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, y asesorada por los docentes de la Escuela de Formación Profesional de Obstetricia.
Art.10º.- La comisión organizadora estará conformados por los alumnos de todos los años de estudio de la Escuela de Formación Profesional de Obstetricia de la Universidad.
Art. 11º.- La Comisión Organizadora del Congreso tendrá autonomía administrativa.
Art. 12º.- Son Funciones de la Comisión Organizadora.
· Organizar, gestionar, administrar y realizar actividades previas al CNEO.
· Oficializar la realización de este evento ante las instituciones y organizaciones vinculadas a la realización del mismo.
· Convocar al XVIII Congreso Nacional de Estudiantes de Obstetricia.
· Elaborar los reglamentos del XVIII CNEO, los reglamentos de investigación, las guías de realización para las mesas de trabajo, las bases de actividades socios culturales y deportivos.
· Elaborar el programa académico: conferencias magistrales, mesas redondas y paneles con sus respectivos ponentes y/o especialistas para cada tema.
· Organizar, administrar y realizar el XVIII CNEO cumpliendo y velando por el cumplimiento de sus reglamentos.
· Presidir y suscribir documentación relativa al XVIII CNEO.
· Realizar la difusión del Congreso con un mínimo de 2 meses de anticipación.
Art. 13º.- Miembros de l Comisión organizadora del Congreso:
DIRECCION EJECUTIVA:
· Presidenta: Estud. Mery Silva Romero
· Vicepresidente: Estud. Romel Berrocal Pérez.
· Secretaria General: Estud. Mary Oré Vargas
· Tesorería: Estud. Sandy Ramírez Gamboa
· Vocal: Estud. Gaby Rodríguez Vega
AREAS EJECUTORAS Y FUNCIONALES:
· Comisión Académica: Estud. Wilber Navarro Quispe
· Comisión de Investigación: Estud. Diana Napa Medina
· Comisión de Mesas de Trabajo: Estud. Aida Cabrera Rojas
· Comisión de Actividades Socioculturales: Estud. Flor Ochoa Cárdenas
· Comisión de logística: Estud. Kathering Franchesca Quispe Chávez
· Comisión de logística: Estud. Liz Mariela Flores Venegas
· Comisión de Recepción-Hoteles-Alimentación: Estud. karina Chilingano Cuya.
Asesores:
§ Prof. Noemí Quispe Cadenas
§ Prof. Pavel Alarcón Vila
§ Prof. Lucy Orellana de Piscoya
§ Prof. Héctor Velarde Valer
§ Prof. Edda Sánchez Huamaní
§ Prof. Rosa María Vega Guevara
§ Prof. Maritza Rodríguez Lizana
Art.14º.- La Sede no se responsabiliza por los daños a la propiedad privada ni publica, que se protagonizan por los asistentes y/o participantes del Congreso, por lo tanto los mismos deben asumir su responsabilidad por lo actos cometidos.
Art.15º.- Son funciones de la presidenta de la Comisión Organizadora :
· Representar a la Comisión Organizadora del XVIII CNEO ante cualquier autoridad intra o extra institucional.
· Elaboración del proyecto para el CONGRESO, en coordinación con los asesores.
· Realizara las coordinaciones y gestiones necesarias para la inversión del XVIII CNEO.
· Realizar las gestiones necesarias para la realización del evento.
· Cumplir y hacer cumplir el Reglamento del XVIII CNEO.
· Presidir las funciones de la Comisión Organizadora del presente congreso.
· Monitorizar permanentemente el avance a las Direcciones y Comités de la Comisión Organizadora.
· Velar por la realización y el éxito del CNEO.
· Suscribir las certificaciones oficiales del congreso.
Art.16º.- Son funciones de la Tesorera :
· Formular el presupuesto del congreso.
· Coordinar las gestiones de financiamiento del congreso.
· Llevar el control de ingreso y egreso del congreso.
· Coordinar las acciones inherentes a su cargo con el presidente.
· Incentivar actividades que genere ingresos para la comisión y el XVIII CNEO.
· Otros que el presiente le asigne.
Art.17º.- Son funciones de la Secretaria General :
· Llevar el libro de actas de la comisión organizadora
· Coordinar acciones de secretaria con la presidencia
· Tramitar la documentación oficial del congreso.
· Llevar el Registro de todos los ponentes, asistentes y delegados del XVIII CNEO.
· Velar por la asistencia, cumplimiento, disciplina dentro de la comisión en el proceso de la organización.
· Velará por la seguridad del evento, calidad del evento.
· Otras que el presidente le asigne.
Art.18º.- Son funciones de la Comisión Académica :
· Realizará las tareas y ejes temáticos del Congreso
· Velará por la presencia de los ponentes y la exposición de sus ponencias en el XVIII CNEO.
· Garantizar el éxito de todos los proyectos académicos que la misma dirección programará y realizará en el pre congreso
· Otros que el presidente le asigne
Art.19º.- Son funciones de la Comisión de Investigación:
· Coordinar toda la logística que se implica el concurso de investigación.
· Vigilar la presentación y recolección de documentos de todos los proyectos de investigación presentados para CNEO.
· Elaborar los reglamentos y velar por el cumplimiento del mismo para el éxito del concurso de Investigación dentro del XVIII CNEO.
· Será autónoma en la solución todas las implicancias que estén relacionadas con el concurso de investigaciones siendo sus decisiones de la comisión.
· Velar por la presencia y cumplimiento de la parte administrativa del concurso de investigación del XVIII CNEO.
· Otros que el presidente le asigne.
Art.20º.- Son funciones de la Comisión de Mesas de Trabajo:
· Elaborar su Reglamento, para el buen curso del proceso de las mesas de trabajo
· Coordinar la logística necesaria para el cumplimiento de la realización de las mesas de trabajo
· Velar por el cumplimiento satisfactorio de la realización de cada mesa de trabajo
· Velar por la asistencia y participación de miembros plenos, fraternos y de la ANEOP.
· No está permitido el ingreso de estudiantes no participantes en las mesas de trabajo.
· Otros que el presidente le asigne.
Art.21 Son funciones de la Comisión de Logística:
· Cumplir con el apoyo logístico en la realización de cualquier actividad antes del congreso y dentro de él.
· Coordinar y supervisar el proceso del evento en todo su magnitud logística
· Otros que el presidente le asigne.
Art.22: Son funciones de la Comisión de Actividades Socioculturales:
· Velar por el transporte y traslado de los ponentes, delegados y asistentes del congreso a las actividades socioculturales programadas.
· Coordinar los lugares turísticos y actividades extraacadémicas que se realizarán en el congreso.
· Dirigir todos los eventos socioculturales que se realicen dentro del congreso.
· Otros que el presidente le asigne.
Art.23: Son funciones de la Comisión de Relaciones Públicas:
· Organizar y coordinar los auspicios a nivel nacional y local para la realización del XVIII CNEO.
· Velar por el cumplimiento de los diferentes acuerdos con los auspiciadores y entidades públicas que participen en el XVIII CNEO.
· Se encargará de la publicación de los eventos que llevará a cabo la comisión organizadora dentro y fuera de nuestro centro de estudios.
· Incentivará, a través de la promoción y difusión del XVIII CNEO, a la participación de los alumnos de la Escuela Profesional de Obstetricia de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga.
· Otras que la presidenta le asigne.
Art.24: Son funciones de la Comisión de Recepción-Hoteles y Alimentación:
· Velar por el alojamiento y alimentación de los ponentes, delegados y asistentes.
· Coordinar el recibimiento de todos los asistentes y ponentes al congreso en los diferentes ambientes en los que se realizará dicho evento.
· Otros que el presidente le asigne.
Art.25: Son funciones de los Asesores:
· Asesorar a los miembros de la Comisión Organizadora del XVIII CNEO - 2010.
· Participar en las reuniones de la comisión organizadora del CNEO con voz pero sin voto.
CAPITULO V
DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO
Art.26: Son órganos de gobierno, los estamentos representativos que pueden tomar decisiones ante cualquier circunstancia durante el desarrollo del congreso.
Art.27: Son Órganos de Gobierno:
· Plenaria
· La Mesa Directiva
· Las Mesas de Trabajo
· La Comisión Organizadora
Art.28: La plenaria es la máxima autoridad del congreso y está constituida por todos los delegados plenos, fraternos y asesores de cada universidad asistente.
Art.29: En la plenaria se discute las conclusiones de las mesas de trabajo y las mociones del día, propuestas por el delegado representante de la delegación que lo solicita.
Art.30: La moción del día, solicitado en la plenaria y en las mesas de trabajo pueden ser sustentados por una sola vez en un tiempo no mayor a 5 minutos por un delegado pleno o fraterno.
Art.31: La Mesa Directiva , es un órgano encargado de la conducción del congreso y sus miembros serán elegidos en plenaria por mayoría simple de las delegaciones presentes en el CNEO.
Art.32: La Mesa Directiva es el único órgano encargado de convocar y dirigir la plenaria.
Art.33: La Mesa Directiva está conformada por:
· Presidente de la Mesa Directiva
· Vicepresidente
· Secretaria de Actas y Archivos
· Secretaria de Disciplina
· Primer Vocal
· Segundo Vocal
· Miembro Honorífico
Art.34: La elección de sus miembros se realizará de forma individual el cual estará a cargo de la Plenaria , el voto será por delegación. El cargo de Presidente de la Mesa directiva será ocupado por la Presidenta de la Comisión Organizadora del XVIII CNEO.
Art.35: El Presidente de la Asociación Nacional de Estudiantes de Obstetricia del Perú 2008-2010 estará en calidad de miembro honorífico con voz y pero sin voto; así mismo, se elegirá a la Nueva Junta Directiva de la ANEOP , por el período 2010=2012.
Art.36: Son funciones de la Mesa Directiva :
Presidente de la Mesa Directiva :
· Juramentar ante la plenaria a los miembros que conformarán la Mesa Directiva. Está se realizará el último día del congreso.
· Representar al congreso, siendo responsable oficial del evento.
· Presidir las sesiones de la Mesa Directiva.
Secretario de Actas y Archivos:
· Coordinar acciones de secretaria de la mesa directiva.
· Tramitar la documentación oficial del congreso.
· Llevar el libro de actas de la realización del congreso.
· Otras que se le asigne.
Secretario de Disciplina:
· Velar por el orden y cumplimiento en la realización del congreso.
· Sancionar cualquier tipo de indisciplina durante el desarrollo del congreso.
· Otros que se le asigne.
Vocales:
· Apoyar las acciones de la Mesa Directiva.
· Otros que se le asigne.
Miembro Honorífico:
· Apoyar a la mesa directiva para el mejor desarrollo del congreso.
· Otros que se le asignen.
Art.37: La Mesa Directiva tendrá funciones de coordinación y verificación en las conclusiones de las mesas de trabajo y a las que se lleguen en las mociones del día solicitadas en plenaria a efecto de emitir dictámenes respectivos para ser ratificados, observados y modificados en plenaria.
Art.38: La Mesa Directiva presentará las resoluciones, conclusiones y recomendaciones a la comisión organizadora del congreso para su conocimiento y fines, para ser entregados el día de la clausura del evento al estudiante representante de la delegación de cada universidad.
DE LOS PARTICIPANTES DEL CONGRESO
Art.39: Serán participantes del Congreso los estudiantes e internos de las diferentes Facultades y/o Escuelas de Obstetricia, profesionales, asesores y /o tutores, miembros honoríficos e invitados.
Art.40: Todas las Escuelas y/o Facultades de Obstetricia participantes del XVIII CNEO deben elegir internamente:
· 8 delegados plenos electos por sus promociones
· 4 delegados fraternos electos por sus promociones
· 1 asesor elegido por la escuela y/o Facultad.
Art.41: La identificación de los participantes se da de la siguiente manera:
· Miembro de la Asociación Nacional de Estudiantes de Obstetricia del Perú.
· Delegados plenos, los cuales tendrán que portar una acreditación de su Escuela y/o Facultad el cual avale su condición.
· Delegados Fraternos, los cuales tendrán que portar una acreditación de su Escuela y/o Facultad el cual avale su condición.
· El Delegado Representante será elegido dentro de la delegación de su universidad y tendrá una documentación emitida por la comisión organizadora.
· Asistentes, son los estudiantes e internos de las universidades que participan del XVIII CNEO.
· Profesionales y Bachilleres podrán participar en el XVIII CNEO en calidad de asistentes.
· Los asesores y /o tutores, podrán participar en el XVIII CNEO orientado a su respectiva delegación.
· Invitados, serán los que considere la Comisión Organizadora del XVIII CNEO.
Art.42: Los miembros honoríficos, no podrán participar en ningún órgano de gobierno ni como representante de su universidad.
Art.43: Las delegaciones de cada universidad tendrán que contar obligatoriamente con un asesor debidamente acreditado por su Escuela y/o Facultad a la que pertenece.
Art.44: Se considera como delegación de una universidad a todo grupo de estudiantes entre asistentes, delegados plenos y fraternos que sean mayores o iguales a 15 alumnos.
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Art.45: Los asistentes participantes de las diversas universidades, tienen el DERECHO y DEBER de asistir a las ponencias y de las diversas actividades preparadas por la comisión organizadora del XVIII CNEO.
Art.46: Los deberes y derechos de los participantes de las mesas de trabajo, serán especificados en el Reglamento de la Dirección de Mesas de Trabajo.
Art.47: Delegado Representante
· El delegado representante está en la obligación de presentar la acreditación necesaria emitida por su Escuela o Facultad para ser considerados como tales los cuales constarán lo siguiente:
o Nombre de la Universidad de Procedencia.
o Nombres y apellidos del delegado representante.
o Ciclo actual de Estudios.
o Número de teléfono celular.
o Correo electrónico.
· Tiene la obligación de enviar vía correo electrónico: cneo2010unsch@hotmail.com del 18 al 23 de octubre del 2010 lo siguiente.
o La Ficha de la delegación
o Copia de los Bouchers del pago al Banco de Crédito de los participantes de la delegación.
o Lista del total de alumnos participantes al XVIII Congreso Nacional de Estudiantes de Obstetricia.
o Entregar las acreditaciones de la delegación (delegado pleno, fraterno, asesor, etc.).
· Podrán participar en las plenarias con derecho a voz y voto.
· Tiene derecho a formular su opinión en plenaria ante el cual constará en actas.
· Tiene derecho a recibir información y documentación oficial del XVIII CNEO.
CAPITULO VIII
DE LAS SANCIONES
Art.48: De incumplir la Comisión Organizadora con cualquier de los artículos del presente reglamento será sancionado por la plenaria.
Art.49: La plenaria tiene la autoridad de restringir o quitar el derecho de delegado pleno o fraterno ante actitudes denigrantes dentro de la realización del congreso.
Art.50: Los órganos de gobierno tiene la autoridad de sancionar o expulsar del XVIII CNEO a todo estudiante, sea la condición que tenga dentro del congreso, que incurra en faltas graves de indisciplina o falta a la buena reputación de su universidad perteneciente, constando lo sucedido y de la decisión tomada.
Art.51: En caso de indisciplina no contemplada en el presente reglamento será el órgano de gobierno correspondiente el que tomará la decisión para sancionar a dicho estudiante.
Art.52: No se otorgará certificados a los asistentes que tengan el 30% de inasistencias a las actividades académicas organizadas en el XVIII CNEO.
Art.53: Se otorgará a cada estudiante asistente, delegado pleno o fraterno, una credencial para su identificación, el cual deberá presentar al momento de ingreso a todas las actividades del congreso. En caso de pérdida el participante deberá abonar el costo del mismo para que se le otorgue un duplicado.
DE LAS INSCRIPCIONES
Art.54: Las inscripciones al XVIII Congreso Nacional de Estudiantes de Obstetricia estarán abiertas desde el 13 de setiembre al 18 de octubre del 2010.
Art.55: La inversión al XVIII CNEO es fijado por la Comisión Organizadora , y será la siguiente:
PAQUETE 1: S/.300.00 nuevos soles, incluye alojamiento grupal, alimentación en el comedor de estudiantes, inscripción al evento y tours.
PAQUETE 2: S/.350.00 nuevos soles, incluye alojamiento máximo 2 camas, alimentación en restaurantes, inscripción al evento y tours.
INSCRIPCIONES:
Inversión (S/.) | |
Asistentes plenos y fraternos | 100.00 |
Estudiantes ordinarios | 120.00 |
Egresados/Docentes | 130.00 |
Art.56: El lugar donde se llevará a cabo las inscripciones será designado por la Comisión Organizadora del congreso.
Art.57: La Comisión Organizadora del XVIII CNEO 2010, llevará a cabo los acuerdos de la mesa Nº 1 del XVII CNEO –Trujillo 2010, para fines de la ANEOP.
Art.58: En el XVIII CNEO se elegirá la sede del XIX CNEO -2011, teniendo en cuenta la necesidad de contar con un organizador para el siguiente año.
CAPITULO X
DE LA SEDE DEL XIX CNEO-2011 Y DE LA SEDE DEL XX CNEO 2012
Art.59: En el XVIII CNEO también se elegirá la sede del XIX CNEO-2011 manteniendo la costumbre de elegir la sede con 2 años de anticipación para la organización correspondiente.
Art.60: De las Universidades Postulantes:
· Presentar el proyecto de la realización del XIX CNEO y/o XX 2011-2012 en forma detallada para previa evaluación de la Comisión Organizadora del XVIII CNEO.
· Este documento será entregado por el responsable de la Delegación Postulante a la Secretaría General de la Comisión Organizadora del XVIII CNEO, los días 18 y 19 de Octubre del presente año.
· La Universidad Postulante deberá ser reconocida por la Asociación Nacional de Rectores (ANR).
· Presentará un documento de respaldo emitido y refrenado por las autoridades de la Universidad y Facultad y/o Escuela, en la cual se expresa el deseo y el apoyo de ser sede del XIX CNEO-2011 y/o del XX CNEO-2012.
· Tener como mínimo 1 promoción egresada.
· No haber organizado un Congreso Nacional de Estudiantes de Obstetricia en los últimos 3 años anteriores.
· La Universidad postulante debe haber participado de forma activa y ejemplar en los 3 últimos CNEO anteriormente realizados.
· Presentar al menos 1 trabajo de investigación en el CNEO anteriores.
· No contar con ninguna sanción vigente hecha en CNEO anteriores.
· La Universidad postulante debe presentarse como mínimo con una delegación de 15 estudiantes.
· La misma universidad no podrá ser sede 2 años consecutivos.
Art.61: De la elección de la sede:
· La elección de la sede se hará entre aquellas universidades que presenten el proyecto y cumplan con los requisitos solicitados previa evaluación por la Comisión Organizadora del XVIII CNEO.
· En caso de no haber postulantes, la Comisión Organizadora del XVIII CNEO, invitará a postular a las tres sedes anteriores, y estas no deberán contar con sanciones.
· La Mesa directiva presidirá y ratificará la elección de sede, ante el pleno por aprobación de los delegados plenos, ratificándose de la siguiente manera:
o Se dará lectura de las universidades aptas para la elección de la sede.
o La sede actual, se abstendrá de las votaciones.
o La aprobación se dará por votación simple, un miembro Pleno o Fraterno dará a conocer el voto de su delegación.
o En caso de empate, se realizara una segunda votación entre las universidades que resultaron empatadas, y la mesa directiva invitará a participar de la votación de la Sede actual.
o La Mesa Directiva proclamará a la Universidad ganadora de la Sede del XIX y /o XX CNEO 2011-2012.
o La Mesa Directiva del Congreso otorgará la documentación respectiva a la Universidad elegida como sede del XIX y /o XX CNEO 2011-2012.
DISPOSICIONES FINALES
· Art.62: El presente reglamento entra en vigencia para el XVIII Congreso Nacional de Estudiantes de Obstetricia con la juramentación de la Comisión Organizadora del XVIII CNEO.
Art.63: Cualquier situación no contemplada en el presente reglamento será tratada y solucionada por la comisión organizadora.
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